RALLYPEX-FALTAN 24 DIAS
PARA INCLUIR NUESTRA SOBERANÍA EN LA DIVISION POLITICA DEL PERU
Ahora hace falta que el Perú oficial y el otro Perú, formadas por casi 3 millones de
ciudadanos y de 25 millones de personas en cuyas venas corre sangre peruana,
caminen juntos. Luis Villano Tárraga, Peruanos en el Exterior,
Roma.
Parte III
Con el objeto de dar un soporte adicional y aclarar
nuevamente en la tarea al interior del país, revisaremos tres ejes concretos:
1. La Constitución del 2003-Art 23
2. La Constitución del 2003-Art 103
3. La Ley 29158- Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo. Art 28
4. La Ley 27658-Ley de Modernización de
la Gestión del Estado
1. Art 23, Es responsabilidad del Estado
dotar de las oportunidades y de condiciones para emplearse productivamente y de educarse para
ello. En la actividad económica de la persona, el trabajo esta
consagrado como la mejor oportunidad para la individuación en la sociedad. Es
llevar el deseo a destino. Tambien se acompaña con el derecho a la educación
para la liberación personal. En la realidad los ambientes laborales sujetos a
los resultados económicos no brindan la posibilidad de acercarse a la dignidad
del trabajo para la vida plena. La opresión y tensiones para responder a las
familias y a la sociedad han presionado estructuralmente a la persona quien se
ve obligada a buscar cualquier empleo para sobrevivir. La última elección es
salir del país que no brinda las oportunidades a su voluntad y medida. En este
caso en el extranjero sabemos que las mujeres que ahora ocupan los trabajos de
menor calificación, estan a merced de empleadores ocasionales en una versión de
esclavitud moderna bastante bien estudiada como la necesaria para el modelo
neoliberal que se asienta en la región sudamericana. Sabemos también que esto
les lleva a hombres y a mujeres a someterse a maltrato y la violencia latente
en la sociedad vecina como en la Argentina, Chile y Bolivia, incluso Ecuador,
para no hablar de Brasil. Incluidos los países que tan acertadamente escoge la
migración como destino en Europa y en Norteamérica. El peruano debe luchar también
adicionalmente para protegerse y defenderse de la ofensa a la dignidad, de los
estigmas, de los estereotipos, para no reconocer ó menoscabar su respeto
personal o colectivo. ¿Sabrían nuestras autoridades que en Bolivia se rehuye al
peruano motejado como ladrón, en
Argentina a la mujer trabajadora ó cuidadora peruana como ladrona, mientras que en Brasil muchos en las maquilas estan encadenados a las mesas ó taburetes de
trabajo? ¿Ó saben que los peruanos se aglutinan afuera de los restaurantes del
centro de Chile para recibir comida gratis al término de la jornada, para poder
sobrevivir? Sin respeto, y como ciudadanías
de closet, se esconden muchísimos paisanos en la personalidad usurpada en
los EU, en las ciudadanías falsas en México, en las artificiales nacionalidades
que esconden el mimetismo cultural de las grandes ciudades del primer mundo,
con una carga de anonimatos, para evitar el desempeño legal, sin visitar ni
respetar a sus consulados. ¿Saben los gobernantes peruanos que es difícil ser
peruano en el extranjero, despues del estigma de la historia de terror y de
coca tan afamada del país? Y ¿Saben que para defender este artículo la Defensoría
del Pueblo debiera iniciar un trabajo para dignificar el trabajo peruano en el
exterior, con mayor diligencia? Y, que sabiéndolo todos los demógrafos que nos
estudian, ¿se sorprenden del abandono moral y de la falta de programas al
respecto, justamente en esas zonas sureñas donde la ciudadanía no tiene
opciones ni protecciones?
2. Art 103, Pueden expedirse leyes especiales porque así lo exige la naturaleza
de las cosas, pero no por razón de las diferencias de las personas. Especialmente porque la migración se asienta
en la naturaleza de la circunstancias cambiantes y de situaciones en el status de vida qué ajustar y qué modificar
constantemente desde el punto de vista de la búsqueda del mejores condiciones
de vida, trabajo y residencia. El tránsito, permanencia y retorno constante ó fluctuante con diversos referentes
de hábitat, de educación, de cultura, marcan un común denominador que comparten
los grupos de individuos que no siempre se trasladan a sociedades incluso ni
tan democráticas, ni tan pacíficas, que generan diversas tensiones sociales,
económicas y ético-políticas y que vulneran pasiva y estructuralmente a la
comunidad y al individuo. Normalmente de
clase media baja a baja, por la falta de arraigo é inestabilidad a veces
permanente, por la desvinculación real de los sistemas sociales de apoyo
conocidos, por las barreras diversas a
superar, por los esfuerzos ó por la merma en las capacidades bio-psico-físicas del individuo y de su núcleo inmediato, le imprimen mas bien
un carácter único y semejante a todo migrante peruano, que se igualan al
peruano pobre que no se rinde a estas realidades duras. De modo que en esto no
hay diferencia entre las personas. La naturaleza del propio fenómeno exige la
extra-protección a todos por igual, si salen a sobrevivir en el exterior ó si
estan en la miseria en el interior del país. Pero la legislación al migrante es
de complejidad fenomenológica y es de trasnacionalidad legal.
Se dice que la ley se aplica a las
consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes, sin fuerza
ni efectos retroactivos. Es decir, se requiere una ley especial dada la naturaleza del
fenómeno migratorio emergente y la dinámica poblacional de alto volumen, 10% de
la población en búsqueda del sustento y de la superación personal.
La Constitución misma no ampara el
abuso del derecho. Es decir, si justificado el fenómeno, esta permitida la especialidad de
la ley, para el segmento poblacional de los peruanos en el exterior, sin
detrimento a los otros sectores.
3.
En la organicidad de las funciones del ejecutivo para ordenar, organizar,
formular las políticas sectoriales se define la razón de el primer poder
republicano. Algunos principios esenciales son: El principio de legalidad del
ejecutivo es estar sujeto a la constitución, leyes y normas. El principio de
servicio al ciudadano se basa en la garantía que el ejecutivo da para actuar en
función de las necesidades e intereses de la nación. El de inclusión y equidad,
el de participación y transparencia. El principio de organización é integración de la nación.
Por ello llamamos la atención del ejecutivo a que se pronuncie para respaldar
el pedido de fundamentar la necesidad de un gobierno regional a nuestra
ciudadanía bajo circunstancias históricas, demográficas y económicas mundialmente
cambiantes y de riesgo social inminente para la seguridad y para el desarrollo
colectivo. Es necesario empoderar y
proteger a los sujetos sociales del exterior con las garantías constitucionales
para ordenar sus aportaciones culturales, su sobrevivencia, y sus
productividades.
4.
La modernización le permite al ejecutivo evaluar las condiciones de las demandas, de
las amenazas y de los riesgos de dejar a las poblaciones en diáspora sin vínculo
jurídico, político y social real al país. Es hora de que el ejecutivo lidere un
movimiento determinante para enderezar las múltiples ofertas de acercamiento y
abordaje parcial a las problemáticas, desde el punto de vista de la dirección y
economía de procedimiento que regule de modo integral y directo, la
multidimensionalidad de la problemática bajo una gobernación autonómica y
administrativa suficiente, como la Región Pex, bajo el Régimen Especial de Región
de Circunscripción Ciudadana, con el
objeto de enriquecer el capital social y humano de una nación inclusiva,
igualitaria y legitimante de sus hijos.
El puente hoy sólo lo puede impulsar para
configuración, el Presidente de la República. Elevando un Gobierno Regional
para los Peruanos en el Exterior.
Carmen Haydeé Matos
Rep legal de la Alianza Peruana de Cooperación y de
la Fundación Humanus.
México DF, Viernes
7 de Dic 2012, En
memoria a John Lennon, 32 aniversario de su entrada a la inmortalidad.
www.perualliance.blogspot.com,
www.peruanosenelexterior.com, perualliance@gmail.com
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