lunes, 12 de agosto de 2013

RALLYPEX 2013-07-EXTRANJERIAS-PARTE I


RALLYPEX 2013-07-EXTRANJERIAS-PARTE I

 

 

REGIÓN PEX, SOLUCIÓN POLÍTICA PARA LAS DIÁSPORAS

 

PROXIMO NUMERO RALLYPEX: La Revisión de la Ley de Extranjería

Parte II

 

EXTRANJERIAS

REVISION A LA LEY DE EXTRANJERIA PERUANA

Parte I

De la seguridad del estado contra la seguridad ciudadana

ANTECEDENTE:

Habida cuenta de que una burocracia ejecutiva en su consejo de ministros (Fujimori_PC, Torre y Torres_PCM, Malca_MI) de fines del 1991 reguló sobre el flujo de la inmigración no nacional (ingreso de “extranjeros”) al Perú, en la hoy todavía Ley de Extranjería vigente, nos toca entender porqué el cambio de mentalidad ha sido y es tan lento é hipócrita en nuestra nación en el camino a crear leyes marco, leyes superiores que efectivamente acompañen a la sociedad, beneficiándola y no condicionándola, en su flujo de la emigración nacional, su residencia en las comunidades extraterritoriales y su retorno circular permanente una vez emigrado del país, en contraste con el desborde de interés en captar a los retornados que son y serán los menos en la emigración moderna peruana que es permanente y siempre creciente.

LA LEY DEL RETORNO

Las leyes en realidad nacen y deben regresar al beneficio los individuos, para renovarse o morir. En el Perú, ni nacen ni regresan, pero si se enquistan en el imaginario sólo del burocráta, pero no en el de la sociedad, para que un manejo casi castrante y nocivo a la nación misma, que les otorga la administración de tal ley, les cree ó reinstale como intermediadores ó administradores de gestiones que se pierden en omisiones de las propias leyes, pues el fondo, materia de interés del espíritu de la ley no es atendido. Todos sabemos de leyes que nacen muertas y este es el caso de la Ley del Retorno.

PRESUNTOS TERRORISTAS LOS EXTRATERRITORIALES

Quienes intelectual y técnicamente limitados trabajaban hace 22 años_la función pública desde el 1991_ para no regular contra los extranjeros nocivos y contra todo lo parecido que viene del exterior, siguen reglamentando a discresionalidad bárbara (un engendro más fue la Ley de Consulta y ahora la del Retorno). Estos, los extranjeros nocivos todavía no tienen porqué pasar por procedimientos de supervisión, análisis ó mínima diagnosis para saber si son ricos de dudosa extracción de sus recursos, todavía tienen por los menos un año para seguir entrando como Pedro por su casa. Es decir, tienen un año como tercera llamada. Puertas abiertas por 23 años. Pero los únicos sujetos a revisión por razones de seguridad del estado, son los extraterritoriales.

 

Véase artículo 34 de las supuestas exclusiones a la propuesta del reglamento del solicitante al retorno. Tambien el de los impedimentos, artículo 35.

 

Asimismo, quedan excluidos los peruanos que tengan una o más investigaciones pendientes sobre terrorismo o delitos vinculados, o que hayan sufrido condena por dichos delitos en el país o en el exterior.

 

Cabría preguntarse quienes son los encargados de avisarnos que el estado nos tiene en una lista de investigados, de presunción de culpabilidad. O se los dejara a Relaciones Exteriuores, quienes son los que quieren coordinar, controlar, supervisar el reglamento, la ley y la extraterritorialidad. Suponmos que basrta una nota, memo, o telefonazo al club para que el peruano en el exterior, y no se confunda el extraterritorial, sea señalado como posible investigado, presunto peligro para el Perú, pero primero, peligro para el Cónsul y su impoluta carrera y cardex. Puede bastar también un telefonazo a investigaciones de Interpol, ó a la migra de la nación huésped, para que se  le enliste como presunto problema por terrorismo a la peruana.

 

Tambien el de los impedimentos, artículo 35.

 

No podrán acogerse a los beneficios de la Ley, los funcionarios públicos ni su “Núcleo Familiar”, que residan en el exterior en cumplimiento de misiones oficiales para el Estado peruano.

 

Esta aportación de Relaciones Exteriores es hipócrita. Baño de pureza innecesario. No les hace falta. Con las informaciones y conexiones privilegiadas, son las generaciones y progenie de Relaciones Exteriores los nuevos ricos de las comunidades, comprando franquicias, abriendo negocios, coleccionistas de arte peruano, fundadores de las cámaras de comercio é intimos de los políticos locales de moda y demodé, para asegurar la estancia, ó para facilitar todos los cargos internacionales abortados desde el sistema, ex colaboradores gubernamentales y funcionarios de toda monta, que estan macerándose para regresar al Perú al cabo de dos o tres años, para ocupar nuevos encargos con el baño del prestigio internacional que sólo a ellos les rinde, una vez usado el propio sistema peruano del exterior a su beneficio. Estos sí no necesitan ni headhunters internacionales, vienen carreras preparadas con puestos de colocación internacionales y administrados en un fast  track, desde las propias cúpulas del poder usualmente económico. Sufren acá una gran transformación, se les administra el “retorno dorado”, a candidatearse por la grande, o por la no tan grande. Llegan al país nuevamente con una estela de heroicidad de cinematografía, con book y demo incluido. Una vez engordados en la extraterritorialidad pueden convertirse en los técnicos mas calificados para competir en teoría y en práctica con los propios extraterritoriales que salen y regresan sin pago del estado, por un puesto público ó peor aún, por un puesto político.

 

Debiera manejarse mas bien, un artículo específico para que sean ellos los primeros, que estén haciendo un servicio social no pagado de la misma temporalidad ó un tanto menor que el servicio pagado ya efectuado, para medir el compromiso social real del cargos diplomático ó consular. Y sobre sus familias, debían considerárseles aplicables los mismos raseros que a las comunidades, presuntos culpables de terrorismo de menos, ó al conformar las mismas listas de los investigados extraterritoriales, ser investigados como lavadores de dinero, de enriquecimiento inexplicable, uso de prestanombres, evasión de impuestos etc etc.

 

Y si no, cual es la pre-condicion para estar en ese status, lista ó consideración. Nos debieran decir cómo le harán para seguir la seguridad peruana en lo internacional, y que al interior del pais todavía no pueden manejar. O quizás ya alquilaron teléfonos rojos para actuar por denuncias anónimas. O quizás el trabajo del Ministerio del Interior, sea endosado al nuevo Ministyerio del Exterior, y no mas se llamará Ministerio de Relaciones Exteriores (de relaciones  internacionales).  La opacidad se habría mutado en competencia ministerial.

 

ESTIGMATIZADOS LOS EXTRATERRITORIALES

Pero, eso sí, habría que revisar que en lo único que se dictamina la ley del Retorno como prejuiciante y estigmatizante (targetive) es que en el sentido de que, esta Ley dirigida para los peruanos en el exterior_porque sólo ellos retornan de la emigración_a ellos sí y no a los del interior, de los que da cuenta el Ministro Jiménez en su comparescencia de Abril en el Congreso, a raíz del pliego interpelatorio sobre seguridad ciudadana y la alta tendencia del delito. Obsérvese que si no pueden con lo que pasa en el interior, ¿es esta supuesta expresión al respecto del  terrorismo, un wishful thinking de Relaciones Exteriores, de cómo criminalizar al peruano en el exterior, ¿as soon as he gets to his consulate? ¿Via fast track?, ó ¿Vía denuncia anónima de la autoridad peruana a la autoridad local que le escuche? ó peor aún, ¿Vía coordinación con autoridad local internacional, para incriminar a sospechosos a la medida de sus temores? Repárese en el mensaje y el argumento de la “sospecha” a la peruana, ó del que se llamaría “el sospechosismo a la mexicana”:

En materia de lavado de activos, en los casos importantes, no se ha podido concluir con alguna sentencia firme, ejemplar y definitoria.  Asimismo, una inmensa mayoría de los 613 informes de inteligencia financiera comunicados al Ministerio Público en el período 2003-2012 no han tenido aún resultados definitivos. Debo señalar que entre el 2011 y 2012 los reportes de operaciones sospechosas de la UIF aumentaron en 40%, lo que es producto de la nueva legislación emitida por este Gobierno. De las incompetencias ministeriales.

Desde sus facultades promete http://www.pcm.gob.pe/wp-content/uploads/2013/04/Pliego-Interpelatorio-PCM-Juan-Jiménez-Mayor-1204132.pdf

En la página 32 de 43 del informe:

 1°: Un marco legal necesario e indispensable:

Hace referencia también al debate parlamentario de otras próximas leyes y las menciona como separadas a las ya emitidas de las nueve propuestas en su investidura el año pasado: la nueva Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; la Interoperabilidad de las Agencias de Control Penal y el Incremento de Remuneraciones de nuestros policías, que se dictaron en el marco de la delegación de facultades, entre otros proyectos como las reformas a la Ley de Terrorismo:

Ley de Eficacia a la Persecución del Delito bajo el nuevo Código Procesal Penal, la Ley contra la Criminalidad Organizada, la Ley de Seguimiento de Delincuentes Terroristas y Violadores Sexuales,…así como la Ley que establece la Reiterancia de Faltas como Delito, entre otras.

En esta ley del Retorno, se presume a los peruanos en el exterior, como investigables, pues antes de ser retornados, todos cabríamos en la lista de dudosos, amenazantes y mas aún, hay una explícita permisibilidad para acusar, si estan al alcance ó a la mirada de la autoridad nacional en el exterior (misiones diplomáticas y consulares), quien se supone tendría la facultad de señalar al sospechoso. ¿Seran normas espanta niños, ó amenazas de derecho internacional, hechas entre las regulaciones secundarias como el próximo reglamento de la Ley del Retorno? Peor aún si se implica que ya estan los padrones de los terroristas internacionales que retornaran al Perú, padrones que supuestamente manejan las inteligencias pagadas radicadas en el exterior, en las embajadas o desde los sesudos padrones del Ministerio del Interior ó peor aún, si aparecen como enemigos públicos de los países con quienes se ha firmado como asociados para la seguridad regional, continental ó mundial (Alianza del Pacífico), y que sí nos llevan la delantera en la observancia de sus comunidades extranjeras, como uno de los focos infecciosos de la nueva malignidad. Habríamos para lo cual de pedir al ejecutivo peruano el disclosure_la apertura_ de si efectivamente existen estas listas ó a pedido de la autoridad, ó cuales son los perfiles de los PEX que estan en las listas de peligrosos nacionales ó candidatos a peligrosos internacionales, aprovechando el viaje de que éstos se encuentran radicando en las comunidades peruanas internacionales.

Olvidamos decir que es especialmente interesante que para la autoridad, es imprescindible declarar estrambóticamente que los motivos de esos peruanos en el exterior que deseen entrar en los padrones de los protegidos retornados de esta ley, sólo conduce a los programas conocidos y ofrecidos para las normales poblaciones vulnerables del Perú, y que desde allí, desde la vulnerabilidad, estos peruanos puedan venir a saquear las arcas del Perú, ó a camuflarse ó camalonearse como terroristas internacionales peruanos ó peor aún, como  terroristas peruanos a internacionalizarse desde el interior del Perú como retornados. ¿Ó será esta una prueba irrefutable de la férrea crítica que se hace al estado desde la extraterritorialidad, y este es un mecanismo de Relaciones Exteriores para justificar una nueva competencia auto impuesta, para tomar otra clse de reagalías por su labor a la seguridad estatl? Lo malo es que la discresionalidad de los cónsules ú otra autoridad de cancillería, no puede estigmatizar al peruano en el exterior, dictado a modo, como se pretende hacer en esta posible reglamentación de la ley del Retorno.

Sobre el rubro 2°: Una nueva PNP

Sabemos que la promesa del Ministro no se puede ventilar en una norma secundaria sin haberse efectivamente regulado al respecto, pues le daría facultades discresionales a las autoridades para resolver y enjuiciar sin respaldo jurídico. Y expresa la confirmación de que no existe tal registro al presente:

Otra de las innovaciones es la creación de una central de datos del Estado en materia de delitos. Se crea así el Registro Nacional de Seguridad Pública, que contendrá los registros y bases de datos estandarizados que permitan realizar un seguimiento del accionar delictivo a nivel nacional. Forman parte de este registro: antecedentes policiales, referencias policiales, vehículos robados, personas desaparecidas, el sistema de registro y estadística del delito de trata de personas y afines, bienes culturales sustraídos, pasaportes sustraídos o perdidos, documentos oficiales sustraídos o perdidos, vehículos, naves o aeronaves empleadas para la comisión de ilícitos penales, personas jurídicas usadas en la comisión de delitos, identidad balística, identificación dactilar de delincuentes, infractores a la ley general de tránsito y otros registros propios de la labor policial. Esta acción es fundamental porque permite resolver un viejo problema de cifras e información que nos aqueja.

Sobre el  rubro 3°: Políticas de afianzamiento de la seguridad nacional

Alabamos que se haya avanzado en diversos frentes estratégicos y multisectoriales de políticas para una acción efectiva del Estado, como el narcotráfico en la erradicación de plantíos, incautación y control de insumos, y que se amplíe la labor contra el terrorismo del modo que refiere:

La perspectiva integral implica el fortalecimiento de la inteligencia para neutralizar la presencia terrorista en el ámbito militar, político, económico y social, enfatizando en estos dos últimos… Se ha buscado además reducir la exposición mediática de grupos pro terroristas afectando su labor de propaganda.…

Sobre el rubro 4°: Lucha contra la Delincuencia común y delincuencia organizada

Y dice el ministro como deseo para el futuro:

Nos toca atender las indicaciones sobre las políticas de enfoques multisectoriales, como los aspectos de prevención y represión del crimen: El Sistema de información y tecnología para combatir el delito, mejora en la investigación criminal, la efectividad en el control migratorio y demás logísticas y modernizaciones: Efectividad en el control migratorio: Se ha establecido que_ Migraciones (Ministerio del Interior en sus facultades institucionales sobre los flujos de peruanos y extranjeros en territorio nacional)_ forma parte del sistema de seguridad nacional, lo que implica que pueden hacer un control más estricto de las fronteras (puentes internacionales_aereopuertos, puertos y garitas) y, pudiendo ahora sí impedir el ingreso de ciudadanos extranjeros que tengan antecedentes, hayan cometido delitos antes en el Perú o puedan considerarse una amenaza al estado de Derecho.

Con esta declaración, intuimos que ni Relaciones Exteriores pudo usarse antes para la seguridad nacional, fíjese usted que ni los amplios cuestionarios ó confesionales, que durante años ó décadas ha empleado al respecto desde los consulados, donde se requería llenar referencias comerciales-sociales y cuentas bancarias, además de fotografías, que eran verdaderas intervenciones perniciosas a la privacidad, para ubicar el perfil de los visitantes al Perú, probablemente sólo ayudó al directorio particular del Cónsul y no pudo evitar la detección de la entrada de los narcotraficantes mas importantes de los distintos cárteles mexicanos, por ejemplo, de la última década. Ahora a algunos hay que encontrarlos en las cárceles, pues ingresaron con las políticas de puertas abiertas, que rige a la fecha. Y en los archivos de la cancillería ó de los consulados, porque no se evidencia el uso práctico ó legal de la normatividad (léase estilo consular) ni aplicación para la susodicha confidencialidad solicitada y al parecer no compartida al estado. Pero sí se puede saber cuales periodos consulares fueron mas facilitadores para los ingresos de los irreconocibles extranjeros nocivos y de sus grupos potencialmente delincuenciales que arrastran. O de los delincuentes de cuello blanco ampliamente conocidos. Posiblemente debíamos abrir un teléfono de la comunidad a la policía nacional peruana para recordarles quienes estan en la frontera de la delincuencia internacional pisando las alfombras rojas de los pasillos de las misiones por décadas, y que no le tengan miedo a los desarrapados económicos que producen pancartas con protestas extramuros de los consulados, como un recurso agónico del vocifereo social, sin consecuencias. Los enemigos públicos de una nación no se exhiben tan fácilmente.

Sobre el rubro 5: Coordinación Interinstitucional

Hay tres ámbitos de acción que distinguen la seguridad del estado y la seguridad ciudadana:

El CONASEC, CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA, a través del cual se estructuran las políticas en seguridad ciudadana y se aprueban los planes de acción que involucran a todas las instituciones.

El CONAPOC, CONSEJO NACIONAL DE POLITICA CRIMINAL. que es una nueva forma de coordinar esta vez la política criminal del Estado y que está en plena fase de construcción.

El CONSEJO DE ESTADO, que involucra al Presidente de la República (1), al Presidente del Congreso (2), al Presidente del Poder Judicial (3), al Fiscal de la Nación (4), el Presidente del Tribunal Constitucional (5) y al Presidente del Consejo de Ministros (6), a través del cual se tratan los más altos temas de Estado y problemas del país, y en donde en varias sesiones se ha abordado la temática de seguridad nacional y ciudadana, estructurando espacios de coordinación muy útiles en esta materia, y respetando  la autonomía de cada institución, en todos los casos.

Obsérvese: “El órgano DIRINCRI Direccion de Investigacion Criminal, presenta carencia de personal y logística y se esta revirtiendo la situación, especialmente con el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018 del Ministerio del Interior, y resultados cuantitativos institucionales. La corrupción es el mayor detonante del incremento delictivo por lavado de activos y violencia en  narcotráfico y terrorismo”.

Hemos considerado necesario anticipar los proyectos de ley toda vez que tenemos claramente identificadas las principales falencias del marco normativo referido al tratamiento de la criminalidad………Así  saludo a los señores miembros de la Comisión de Justicia y DDHH del Congreso, quienes han acogido los proyectos de ley que el Ejecutivo ha enviado y nos han permitido cooperar con expertos del Poder Ejecutivo en la preparación de la agenda legislativa en esta materia, lo que configura una excelente práctica de cooperación Legislativo-Ejecutivo en esta materia.….. En esta materia, requeríamos avanzar y no es una incoherencia,……… El hecho que el Poder Ejecutivo haya hecho uso de su atribución constitucional de presentar una serie de proyectos de ley al Congreso de la República vinculados a la seguridad ciudadana, no niega la necesidad que podamos efectivamente contar con los Planes consensuados con todas las instituciones a que se hace referencia. Sucede que para el Gobierno se requieren respuestas inmediatas.

Dice también: “Con relación al Gobierno Electrónico, que están realizando la tarea técnica de determinar la uniformización de los conceptos y criterios que se utilizan en cada institución y los sistemas informáticos que van a interoperar. Este proyecto cuenta con un financiamiento de 10 millones de dólares del BID para esta tarea”.

Se ha avanzado en esta estrategia, conforme lo ofrecimos al Congreso. El Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, emitido en el marco de la reforma institucional aprobada en diciembre de 2012, vincula a una serie de entidades a compartir información en aras de proteger y afirmar los derechos ciudadanos de todos y todas. Todo ello, va a generar un cambio con inmensas posibilidades de acción, tales como:

Consultas en línea y en tiempo real para conocer la data penal-criminal de investigados, procesados y condenados, con el objeto de que exista un mayor acceso a las investigaciones de todas las agencias de control penal, es decir, la acción que realizan fiscales, jueces, procuradores, policías, pero también para los funcionarios que tienen a su cargo el otorgamiento de autorizaciones o licencias (por ejemplo, analizar si una persona está investigada, procesada o condenada es muy útil para todos los operadores).

¿Será Relaciones Exteriores un operador más? Pero ¿en contra de las comunidades extraterritoriales?

Bueno, volviendo al principio, los antiguos funcionarios no se habían enterado de que ríos de peruanos ya habíamos salido al exterior, desde (20) años antes del 1991 y seguíamos saliendo como desplazados por las condiciones de violencia estructural y subdesarrollo del país, en búsqueda de mejores escenarios para la vida así como previendo las calamidades que efectivamente sufrió el Perú, por otros (20) años adicionales. Nosotros los PEX desde el exterior ya habíamos consolidado nuestra remisión a otros países, como comunidades de muchos cientos de miles, mismas que hoy tan antiguas de mas de (40) años de residencia,  seguimos organizándonos para resistir a la pérdida de la nacionalidad, a la renovada fuerza de la nueva interculturalidad del mundo, donde la conectividad sobrepasa y degluye las leyes y normatividades del país destino y del originario, incluido que ya se definen nuevos territorios de nacionalidad, como las marcas comerciales que se pretenden para asociar o para reemplazar las ideas de nación modernas. Pero peor aún la pujante disolvencia ética de nuestra generación contemporánea que atrapa a todos.

Los nuevos funcionarios tampoco se han enterado de lo que ocurre en otros países al respecto de sus comunidades nacionales en el exterior. Desde el marco de las leyes internacionales existentes para proteger a sus comunidades, hay mucho de lo que no estan preparados para digerir, desde  los políticos nacionales del interior del pais, hasta para muchos de los propios actores PEX tambien. Antes era_hace 23 años_la ceguera de la seguridad humana necesaria para esta nuestra población y la no nacional, así como contra la invasión de extranjeros perniciosos lavadores de dinero, narcotraficantes y especuladores, financistas, ricos inexplicables, que sin investigación, a través de los consulados ingresaron, como instruidos del paraíso peruano para el negocio del narcotráfico, y la “jauja” que era el Perú para los “inversionistas privados” en este tipo de intereses, desde ayer, hasta hoy. Hoy tampoco esta regulado a los que exporta el Perú, de la misma clase de pernicia, franquiciantes de la internacionalidad marcada como peruana.  Antes era la seguridad de la clase burocrática peruana, manejando las regulaciones light, facilitando y engordando incondicionalemnte a los dueños de los capitales, simplemente, de donde viniesen. Cortesanía internacional encabezada en los consulados primero, para lo cual remitirse a los libros de los regalos, donaciones y privilegios que son capaces de recibir a vista pública ó privada. Protocolos laxos a los que se había acostumbrado a nuestras misiones.

LEY DE EXTRANJERIA DEL 1931

Despues de la Ley de  N° 7744 del 1931 y su actualización Ley N° 9148, al 1991,  con base de los (60) años de antigüedad, en ese entonces, ya era polémica la obtusa visión de la peruanidad en el exterior. Faltaba en ambas. (23) años mas tarde de la generación segunda de esta ley de extranjería, con casi (4) millones de PEX afuera, al parecer todavía en el Perú no se hace la justicia administrativa, legal, procedimental ni la honradez ética de nuestros pensadores de políticas públicas, menos desde los burócratas pagados para evolucionar las normas propias que pudiesen llamarse vinculantes a nuestro sector. Sólo restricciones, empadronamientos consulares y fraccionamiento de derechos ciudadanos.

Tampoco han sido buenos nuestros gobernantes, para reconocer en ninguna de las casi 300 regulaciones sobre la modernización de la invariablemente futura regionalización del Perú del interior (forma del nuevo federalismo regional territorial) a la necesidad de contemplar la nueva Región del Exterior, posible REGION PEX vibrante, dinámica, aportativa, y autoreconocible como funcionalmente autónoma, ciudadana y legítimamente peruana pero no legalmente reconocible por nuevos interesados. A través de un brazo del poder ejecutivo se ha enquistado un Ministerio de RREE y ha crecido como una enorme agencia de viajes, de “administradores” PEX inadecuados,  procuradores sólo de sus propias carreras a través del servicio público, pero sí sobre-regulados para sus extra beneficios y sobre seguridades para sí mismos; así como organizados para defenderse institucionalmente en sus discresionalidades al respecto de sus facultades, criterios, juicios y sanciones contra sus presumiblemente protegidas comunidades en el exterior. Han sido los obstáculos mas grandes para la ilegal é ilegítima representación de los peruanos en el exterior, en la política peruana.  

CONCLUSIONES

A raíz de la convocatoria a otra mesa intersectorial para revisar la Ley de Extranjería, decimos que la infértil Ley del Retorno sólo promueve persecución y estigmatización al PEX, y ninguna aportación determinante a los derechos de los PEX. No hay mas que aceptar las condiciones del país no dan para privilegiar al ciudadano retornado. Decimos que es necesaria una Ley de Poblaciones donde en todo caso se anticipe la Ley orgánica de los PEX. Una Ley de Extranjería vinculada a los PEX, puede ser un comienzo de la agenda para los PEX en la nación. Sólo los PEX en el extranjero pueden retomar sus asuntos y gobernarlos. No son los intermediarios los señalados para resolver en MRE, ni los que comedidamente nos quieren sustituir ó representar desde la sociedad nacional local en el territorio. Los propios retornados se adhieren a la lucha PEX, en la misma categoría que los familiares PEX. Los actores legítimos somos los ciudadanos PEX que vivimos en la extraterritorialidad. Estos son los llamados a ser convocados. No confundirse.

La última posibilidad se presenta ahora, para generar una Ley de Población que contemple justamente las dinámicas de mobilidad poblacional extranjera y nacional. No una ley de Extranjería famélica y parcial. Aquella raquítica Ley de Extranjería Nacional referida, versión 31 y versión 91, sólo observa mas que una legislación primaria, una normatividad menor, de trámites administrativos reducidos para el visitante no nacional del exterior. Si esta ley se reformara, como acusa hoy el interés del ejecutivo, debían aprovechar en evolucionar las ideas para incluirnos en una Ley Poblacional que nos identifique, nomine y categorice a los PEX finalmente en un primer intento de nivelar las escasas capacidades que han demostrado los supuestos reguladores para este sector poblacional. Los PEX mismos permanentemente excluidos de todas las regulaciones y de todos los derechos en el Perú, son los que aportan hasta en las luchas por las normas  de  las legislaciones internacionales al respecto. El activismo PEX produce en el exterior y no en el interior.

Por lo pronto, esperaremos que a este llamado se convoque al actor político de las comunidades extraterritoriales, que hoy reclamamos el derecho de ser gestores y procuradores propios de nuestra defensa, cuidado y protección hacia el desarrollo colectivo especialmente.

A ustedes el Estado Peruano les decimos, no pueden equivocarse haciendo leyes sólo desde los escritorios infértiles. Las diversas iniciativas presentadas para hacer una ley marco dedicada a las comunidades peruanas en diáspora externa, no respetaran ni aceptaran que burócratas omisos de las misiones sean empoderados ahora para criminalizarnos, sin estar sujetos a sanción nacional ó internacional.  Una ley orgánica es necesaria y este vestíbulo de la Ley de Extranjería puede anunciar el faltante estructural para nuestra nueva subjetividad, de interés público, con derechos protegidos y con dedicación especial ahora. No mas tarde. Sabemos del paliativo ofertado como Ley del Retorno, de la incapaz distritación del exterior_que es sólo electorera para las pugnas de puestos congresales y de los cuidados sectoriales del MRE para analizarnos como sujetos presuntos incriminados falsos, pero ustedes son los que no saben que así impiden la insostenible postergación de la Ley Orgánica de los Peruanos en el Exterior. Tambien impostergable es el reconocimiento de la Región Política PEX, con sus distritos electorales y sus distritos judiciales correspondientes. La democracia no existe sin pre-condiciones. Esta es una categoría irreductible en el Perú de las diásporas, en el otro Perú.

 

     POR UN GOBIERNO AUTENTICO DE LA EMIGRACION PERUANA

 

         

POR LA DESAPARICION DE LA DIRECCION DE LAS COMUNIDADES EN EL EXTERIOR

 

POR LA EXTINCION DE LOS CONSEJOS DE CONSULTA CONSULARES Y ABROGACION DE SU LEY

 

POR LA INUTILIDAD DE LA SOBREREGULACION EN LA LEY DEL RETORNO

 

 

Esta es una protesta contra el estado y sus políticas públicas poblacionales: Véanse las demandas sobre:

 

la ley orgánica marco,

 

las representaciones políticas y cívicas impostergables de las ciudadanías del exterior en la gubernamentalidad peruana,

 

la reforma completa del pacto con la diáspora peruana.

 

Alianza Peruana de Cooperación

 

México DF, Verano-Lunes Agosto 12 del 2013.

 

 

 

DESDE LAS COMUNIDADES EXTRATERRITORIALES, A LAS COMUNIDADES HOMOLOGAS BAJO UN ORGANISMO CONSTITUCIONALMENTE AUTONOMO

 

1, POR LA CONSULTA, ATENCIÓN Y SERVICIOS PROPIOS A LAS COMUNIDADES EXTRATERRITORIALES SIN INTERMEDIARIOS Ó TERCEROS INTERESADOS

 

2, POR NUESTROS PROPIOS CONSULES PERTENECIENTES A LAS PROPIAS COMUNIDADES EXTRATERRITORIALES

 

3, POR NUESTRAS EMBAJADAS CULTURALES VIVAS, PROPIAS, PERMANENTES Y AUTONOMICAS EN EL EXTERIOR

 

4, POR EL VOTO EXTRANJERO EN LAS SOCIEDADES DE RECEPCION

 

5, POR LA PARTICIPACION DE LAS PRODUCTIVIDADES DE LAS REMESAS EN EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD EN EL EXTRANJERO

 

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